Inspección de Hacienda: fases, plazos y errores que se pagan caros
Una inspección se gana o se pierde en sus primeras semanas
Cuando la Inspección de los Tributos inicia actuaciones, lo hace mediante una comunicación que indica el alcance: qué impuestos y qué periodos se revisan. Ese documento es la hoja de ruta, y conviene leerlo con atención.
Fases habituales
- Inicio: comunicación de inicio y primeros requerimientos de documentación.
- Desarrollo: comparecencias, análisis de contabilidad y petición de justificantes.
- Propuesta: si se detectan diferencias, se emite una propuesta con trámite de alegaciones.
- Liquidación: el acta o resolución final, que puede recurrirse.
Plazos: lo que dice la ley
La Ley General Tributaria fija, con carácter general, un plazo máximo de 18 meses para las actuaciones inspectoras, ampliable a 27 meses en determinados supuestos. Superarlo sin causa justificada tiene consecuencias sobre la validez de lo actuado. Revisar el cómputo de plazos es una de las primeras comprobaciones que hacemos.
Errores que vemos con frecuencia
- Entregar documentación sin revisarla antes ni ordenarla.
- Acudir a las comparecencias sin preparación sobre los hechos.
- Contestar de manera informal a las peticiones del inspector.
- Dejar vencer el plazo de alegaciones o de recurso.
- Regularizar por cuenta propia sin valorar antes el efecto sobre recargos y sanciones.
Contar con asesoramiento desde el primer día permite controlar qué se aporta, cuándo y cómo, y construir una defensa técnica en lugar de reaccionar a las peticiones.
Este artículo tiene carácter informativo y general. La normativa cambia y cada caso tiene sus particularidades: consulta tu situación concreta antes de tomar decisiones.
Derecho Fiscal y Tributario
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