Mi cliente ha entrado en concurso: cómo proteger y cobrar tu crédito

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Un crédito que no se comunica a tiempo puede perder fuerza

Cuando una empresa entra en concurso, sus acreedores no pueden limitarse a esperar: deben comunicar sus créditos a la administración concursal para que consten en la lista de acreedores y puedan cobrar, según la clasificación que les corresponda.

Pasos recomendados

  1. Comprobar la declaración del concurso en el Registro Público Concursal y en el juzgado correspondiente.
  2. Controlar el plazo de comunicación de créditos. El Texto Refundido de la Ley Concursal lo fija en un mes desde la publicación de la declaración del concurso, por lo que conviene verificarlo en cada caso.
  3. Preparar la documentación: facturas, contratos, albaranes y cualquier título que acredite la deuda y su cuantía.
  4. Identificar la clasificación del crédito: con privilegio, ordinario o subordinado, porque de ella depende cuánto y cuándo se cobra.
  5. Revisar el texto provisional de la administración concursal y, si procede, impugnarlo.

Cuestiones que suelen pasarse por alto

  • Las garantías reales y personales de terceros, como avales, pueden permitir actuar contra otros obligados.
  • Algunas relaciones contractuales en vigor tienen reglas especiales.
  • Pueden existir acciones para reintegrar actos anteriores perjudiciales para la masa.

Un acreedor bien asesorado puede mejorar su posición y evitar errores formales que cuestan dinero.


Este artículo tiene carácter informativo y general. La normativa cambia y cada caso tiene sus particularidades: consulta tu situación concreta antes de tomar decisiones.

Derecho Concursal
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