Administración desleal y apropiación indebida: delitos que pueden cometerse desde dentro de la empresa
Cuando el problema viene de dentro
No todos los perjuicios a una empresa vienen de fuera. Hay situaciones en las que quien tiene facultades de gestión, o acceso a los bienes de la sociedad, abusa de ellas en perjuicio de esta o de los socios.
Dos figuras habituales
- Administración desleal (art. 252 del Código Penal): quien, teniendo facultades para administrar un patrimonio ajeno, las excede y causa un perjuicio patrimonial.
- Apropiación indebida (art. 253): quien se apropia de dinero u otras cosas que ha recibido en depósito, comisión o administración, o las distrae, con perjuicio de otro.
Que un hecho pueda encajar en estos tipos no significa que lo haga: hay que distinguir un mal negocio o una decisión discutible, que son riesgos empresariales, de un acto que supone un abuso real de las facultades. Esa frontera suele ser el centro del debate en estos procedimientos.
Qué hacer si sospechas que te ocurre
- Conservar la documentación: contabilidad, extractos, contratos, correos y actas.
- Valorar un análisis independiente de las cuentas.
- Estudiar las vías civiles y mercantiles, como la acción de responsabilidad, junto a la penal.
- Coordinar la estrategia para no perjudicar una vía con la otra.
Si eres tú el señalado, la prioridad es no declarar ni mover documentación sin asesoramiento, y preparar una defensa que explique la lógica empresarial de las decisiones.
Este artículo tiene carácter informativo y general. La normativa cambia y cada caso tiene sus particularidades: consulta tu situación concreta antes de tomar decisiones.
Derecho Penal · Derecho Mercantil y Societario
Calle Orense 6, Madrid · contacto@midalexabogados.com
